martes, 17 de abril de 2018

Tema 8- Penas Restaurativas en Costa Rica. Derecho Penal Juvenil


Saludos a todos

Como bien es sabido, la justicia restaurativa es un mecanismo que tiende a generar dudas en la ciudadanía.

Generalmente ante estas políticas se llega a crear incluso miedo y temor y al cambio. Por lo general existe cierta reticencia social para que se ejecuten estas medidas.

No obstante, la justicia restaurativa incluye políticas pueden servir para eliminar la violencia y deterioro que genera el internamiento carcelario.

 

¿Qué es la Justicia Restaurativa?

La justicia restaurativa es aquella que promueve la reparación del daño y permite que las partes involucradas participen en el proceso. En esta práctica hay tres sujetos procesales involucrados principalmente: la víctima, el ofensor y los miembros afectados de la comunidad. Todos ellos al ser personas interesadas directamente, participan y se involucran en la solución que se le dará al conflicto o delito cometido. (Mena, 2008)

 

¿Qué características tiene este sistema de penalización?

Este es un tipo de procedimiento que sostiene un alto grado de sencillez, que se basa por lo general en el desarrollo de diversas actividades promovedoras de bienestar y responsabilidad para quienes las cumplen, mismas que se ven apoyadas por el sistema educativo, social, cultural, deportivo y recreativo e incluso relacionado por el tema religioso en muchos de los casos.

Dicho sistema restaurativo intenta lograr dos objetivos primordiales:

1- Establecer una mejoría en el tema de la sobrepoblación carcelaria, por medio de la cual, se intenta disminuir la alta concentración de privados de libertad en los centros penales.

2- Intenta dar y brindar un apoyo moral y social a la persona que infringió las leyes, para que de una manera responsable cumpla su castigo pero sin ser privado de sus derechos como persona, todo esto para que el privado de libertad se vaya preparando para una eventual salida del centro penal y pueda tener una mejor reinserción a la social a futuro, ya que aunque haya sido privado de su libertad sigue siendo parte de nuestra sociedad.
Fuente: Inés Monsalve, 2008
 



¿Qué ventajas tiene para la sociedad que se establezcan y se pongan en marcha este tipo de medidas?

Según describe Mena (2008): “La ventaja directamente derivada del paradigma de la justicia restaurativa es lo que nos conduce a la solución de la mayor parte de los conflictos, con un alto e importante grado de satisfacción de parte de la víctima y aceptación del error, arrepentimiento y muchas veces vergüenza por el daño causado de parte del victimario”.

Queda claro entonces que el objetivo principal de las alternativas restaurativas es poder fomentar en el menor o jóvenes, todas las acciones sociales que le permitan un desarrollo personal, el reinsertarse en su grupo familiar, en la sociedad o al grupo social al que pertenece, con ellas además debe necesariamente promoverse también, el desarrollo de sus capacidades como ser social.

 

Espero les sea de gran valía el tema desarrollado, saludos.

                                                                                                                 

 

Referencia Bibliográfica

                                                                                                            

Mena, O. (2008). Justicia Restaurativa y Sistema de Sanciones Alternativas en el derecho penal juvenil. Revista de Ciencias Jurídicas Nº 116 (13-36). Recuperado de: https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/article/viewFile/9757/9203
 
Monsalve, I. (2008). Alternativas a la reclusión: Visión general de las penas que se cumplen en el medio libre en Canadá 2da Reunión de Autoridades Responsables de las Políticas. Recuperado de: http://slideplayer.es/slide/318250/

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